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POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS

1.       Alcance

Esta política de privacidad se aplicará para el uso y registro de todos los datos personales proporcionados por los ciudadanos a través de las diferentes plataformas institucionales. Así como para los datos recolectados por los funcionarios de la SENESCYT por medio de la interoperabilidad de sistemas de consulta  con otras instituciones.
De igual manera se determina que todos los funcionarios que realizan el tratamiento de los datos personales, suscribirán un acuerdo de confidencialidad de la información.

2.       Datos que se recolectan

La SENESCYT recolectará la siguiente información:

·         Número de identificación

·         Nombres Apellidos

·         Teléfono

·         Correo electrónico

·         Información relacionada con la educación e información profesional

3.       Finalidad

La presente política tiene como finalidad instrumentar el uso, registro y recopilación de los datos personales de los ciudadanos, los mismos que pueden ser otorgados y/o recabados a través de las diferentes plataformas institucionales para la gestión de requerimientos ciudadanos.
El uso, registro y recopilación de los datos personales, se realizará para lo siguiente:

·         Para proporcionar soporte u otros servicios. La SENESCYT puede usar su información personal para proporcionarle asistencia u otros servicios que haya solicitado. La SENESCYT también puede usar su información personal para responder directamente a sus solicitudes de información.

·         Para proporcionar información basada en sus necesidades y responder a sus solicitudes. La SENESCYT puede usar su información personal para proporcionarle avisos de nuevos lanzamientos de productos y desarrollos de servicios.

·         Para proporcionar foros en línea y redes sociales. Algunos servicios disponibles en los sitios web le permiten participar en discusiones interactivas, publicar comentarios, oportunidades u otro contenido en un tablón de anuncios o intercambio, o participar en actividades de redes.

·         Para administrar servicios. La SENESCYT puede contactarlos para confirmar cierta información.

·         Para evaluar el uso de los productos y servicios. La SENESCYT puede rastrear el uso de los servicios para determinar el nivel de utilización, y esas estadísticas son exclusivas para la institución.

·         Para comunicarnos con usted acerca de una reunión, conferencia o evento organizado o copatrocinado por la SENESCYT o de una de nuestras instituciones adscritas. Esto puede incluir información sobre el contenido del evento, la logística del evento, las actualizaciones y la información relacionada con el evento.

4.       Proceso para ejercer el derecho de acceso y rectificación

En ejercicio del derecho de rectificación los ciudadanos podrán solicitar se rectifique o actualicen sus datos a través de los diferentes canales informativos de atención ciudadana.
En referencia a la solicitud de rectificación de títulos o grados académicos extranjeros se observará el procedimiento interno establecido.

5.       Notificación cuando existan cambios en la política de privacidad

La SENESCYT se reserva el derecho de actualizar y/o modificar esta política en cualquier momento por necesidad institucional en concordancia con la normativa interna institucional y la normativa legal vigente.
Cualquier actualización y/o modificación de esta Política será publicada mediante un aviso en las diferentes plataformas institucionales a fin de comunicar al ciudadano.

6.       Medidas para precautelar la seguridad de los datos personales

La SENESCYT se compromete a tratar su Información Personal de conformidad con los principios  de consentimiento, calidad, proporcionalidad, conservación, y seguridad determinados en el Acuerdo Ministerial 012-2019 de fecha 11 de junio del 2019, en lo que respecta al tratamiento de datos personales a fin de precautelar el correcto uso de los mismos.
La SENESCYT se compromete a tomar las medidas necesarias para solventar cualquier inconveniente y asegurar la confidencialidad, integridad y confiabilidad de la información.
Además se informa que la SENESCYT utiliza protocolos HTTPS para brindar seguridad en el uso de los diferentes canales digital así como la implementación de controles utilizando el Esquema Gubernamental de Seguridad de la Información – EGSI y buenas prácticas de desarrollo.

7.       Base legal que sustenta el tratamiento de los datos

7.1. Constitución de la República del Ecuador:
“Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
(. . .) 19.   El derecho  a la protección   de datos  de carácter personal,   que incluye   el   acceso   y   la   decisión    sobre   información   y   datos   de   este   carácter,   así   como   su correspondiente   protección.   La recolección,   archivo, procesamiento,   distribución  o difusión  de estos datos o información  requerirán  la autorización   del titular  o el mandato  de la ley»
“Art. 92.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte material o electrónico. Asimismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.
Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con autorización de su titular o de la ley.
La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados”.
“Art. 226.- Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”.
“Art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”.
“Art. 314.- El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley. El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad. El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los servicios públicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación”.
7.2. Ley Orgánica del Sistema Nacional  de Registro  de Datos Públicos:
“Art. 4.- Responsabilidad de la información.- Las instituciones del sector público y privado y las personas naturales que actualmente o en el futuro administren bases o registros de datos públicos, son responsables de la integridad, protección y control de los registros y bases de datos a su cargo. Dichas instituciones responderán por la veracidad, autenticidad, custodia y debida conservación de los registros. La responsabilidad sobre la veracidad y autenticidad de los datos registrados, es exclusiva de la o el declarante cuando esta o este provee toda la información. Las personas afectadas por información falsa o imprecisa, difundida o certificada por registradoras o registradores, tendrán derecho a las indemnizaciones correspondientes, previo el ejercicio de la respectiva acción legal. La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos establecerá los casos en los que deba rendirse caución”.
“Art. 6.- Accesibilidad y confidencialidad.- Son confidenciales los datos de carácter personal, tales como: ideología, afiliación política o sindical, etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y los demás atinentes a la intimidad personal y en especial aquella información cuyo uso público atente contra los derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales.
El acceso a estos datos sólo será posible con autorización expresa del titular de la información, por mandato de la ley o por orden judicial.
También son confidenciales los datos cuya reserva haya sido declarada por la autoridad competente, los que estén amparados bajo sigilo bancario o bursátil, y los que pudieren afectar la seguridad interna o externa del Estado.
La autoridad o funcionario que por la naturaleza de sus funciones custodie datos de carácter personal, deberá adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger y garantizar la reserva de la información que reposa en sus archivos.
Para acceder a la información sobre el patrimonio de las personas el solicitante deberá justificar y motivar su requerimiento, declarar el uso que hará de la misma y consignar sus datos básicos de identidad, tales como: nombres y apellidos completos, número del documento de identidad o ciudadanía, dirección domiciliaria y los demás datos que mediante el respectivo reglamento se determinen. Un uso distinto al declarado dará lugar a la determinación de responsabilidades, sin perjuicio de las acciones legales que el/la titular de la información pueda ejercer.
La Directora o Director Nacional de Registro de Datos Públicos, definirá los demás datos que integrarán el sistema nacional y el tipo de reserva y accesibilidad”.
7.3. Código Orgánico  de Economía Social de los Conocimientos,  Creatividad e Innovación:
«Art. 141.- Utilización  Datos Personales  o no Personales  en contenidos  protegidos o no por Propiedad  Intelectual. – Los  datos personales   o no personales   que se  encuentren formando parte  de los contenidos  protegidos  o no por propiedad intelectual  disponibles  en bases de datos o repositorios  y otras formas  de almacenamiento   de datos pertenecientes   a personas  naturales  o jurídicas,  sean  de derecho público  o privado,  podrán  ser utilizados  exclusivamente   en los siguientes   casos:
a) Cuando  se trate de información clasificada  como asequible;
b) Cuando  cuenten  con la autorización  expresa  del titular de la información;
e) Cuando  estén expresamente  autorizados  por la ley;
d) Cuando  estén autorizados  por  mandato judicial u otra orden  de autoridad  con competencia  para ello; y,
e)  Cuando  lo  requieran   las  instituciones   de derecho  público  para  el  ejercicio  de sus  respectivas competencias   o del objeto social para el que hayan sido constituidas.
No podrán disponerse  de los datos personales o no personales  so pretexto  de los derechos  de autor existentes   sobre   la forma   de disposición    de  los  elementos   protegidos    en  las  bases  de  datos.
La  información contenida  en las bases de datos,  repositorios y otras formas de almacenamiento   de datos personales   o no personales   son de interés público;  por  consiguiente,   deberán  ser usados  con criterios  equitativos,  proporcionales  y en su  uso y transferencia deberá  primar   el bien  común,  el efectivo  ejercicio  de derechos  y la satisfacción de necesidades  sociales. «
“Disposición   General  Vigésima  Sexta: Las entidades públicas y personas naturales o jurídicas privadas que tengan bajo su poder documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes sobre personas o sobre sus bienes, pondrán a disposición del público a través de un portal de información o página web La siguiente información y recursos:
a) Los derechos que le asisten respecto de la protección de sus datos personales, entre ellos el derecho a conocer el uso que se haga de dicha información, su finalidad, el origen y destino, y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos; y sus derechos a solicitar la rectificación, eliminación o anulación de sus datos personales;
b) Detalle de las políticas y procedimientos institucionales para la protección de la privacidad de datos personales; y
e) Servicio de trámite en línea de las consultas y reclamos en materia de datos personales».
“Disposición   General  Vigésima  Séptima: Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, el tratamiento de datos personales que incluya acciones tales como la recopilación, sistematización y almacenamiento de datos personales, requerirá la autorización previa e informada del titular.
No se requerirá de la autorización del titular cuando el tratamiento sea desarrollado por  una institución pública y tenga una finalidad estadística o científica; de protección a la salud o seguridad; o sea realizado como parte de una política pública de garantía de derechos constitucionalmente reconocidos. En este caso deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los Titulares.  La DINARDAP podrá solicitar que los bancos de datos personales en poder de una persona jurídica privada  sean  entregados a la misma con  la finalidad  de cumplir el presente artículo».
7.4. Ley Orgánica de Educación Superior:
“Art. 182.- La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior…”.
“Art. 183.- Será funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.- Serán funciones de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, las siguientes: (…) e) Diseñar, implementar, administrar y coordinar el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador, y el Sistema de Nivelación y Admisión.”

8.       Términos y condiciones de uso

El uso de las plataformas institucionales, implica la aceptación expresa de los presentes términos y condiciones de uso.
La SENESCYT dispone de diferentes plataformas institucionales a través de las cuales se podrá solicitar cualquier dato personal a fin de gestionar los requerimientos ciudadanos por lo cual la información otorgada y recolectada observara los parámetros establecidos en el presente documento.
La SENESCYT se responsabiliza del tratamiento de los datos personales que recabe en forma directa a través de las diferentes plataformas institucionales por lo cual se deslinda de cualquier responsabilidad que pueda generar al usuario por cualquier uso inadecuado o contrario a los fines de los canales electrónicos de igual manera se señala que la SENESCYT no se hará responsable por la veracidad o exactitud de la información entregad por terceros.
Son obligaciones del usuario

·         No dañar. Inutilizar, modificar o deteriorar los canales electrónicos a los que está teniendo acceso, ni los contenidos incorporados y almacenados con éstos.

·         No utilizar versiones de sistemas modificados con el fin de obtener accesos no autorizados a cualquier canal electrónico, contenido y/o servicio ofrecido a través de éstos.

·         No interferir ni interrumpir el acceso, funcionalidad y utilización de canales electrónicos y redes conectados al mismo.