Senescyt, CES y Ceaaces plantean reformas a la Ley Orgánica de Educación Superior de manera conjunta
Boletín de Prensa No. 125
Quito, 10 de octubre de 2017
Este martes 10 de octubre, Augusto Barrera, secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt); Enrique Santos, presidente del Consejo de Educación Superior (CES); y, Gabriel Galarza, presidente del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Ceaaces), comparecieron al pleno de la Asamblea Nacional para presentar, de forma conjunta y coordinada, sus propuestas de reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES).
El titular de la Senescyt destacó que la LOES ha sido una ley fundamental, pero requiere ciertos ajustes “que han surgido de un trabajo intenso y meticuloso de todos los organismos rectores de la educación superior”.
Agregó que dos temas fundamentales que forman parte de la reforma a la LOES son el fortalecimiento del proceso de admisión y de la oferta técnica y tecnológica; en el primero, el Secretario de Estado indicó que están conscientes de la necesidad de realizar una evaluación global al proceso de admisión, pero incorporando los criterios de libertad de elección, mérito estudiantil y fortaleciendo la oferta y la responsabilidad de las universidades.
Así también, dio a conocer la necesidad de establecer un subsistema de educación superior técnica y tecnológica, en la que a partir del fortalecimiento de los institutos existentes adquieran la condición de Institutos Superiores Tecnológicos Universitarios, en donde las carreras tendrán las mismas características de una de tercer nivel de la universidad e incluso el titulado podrá acceder a un postgrado.
En su intervención, el presidente del CES, Enrique Santos, manifestó que en esta propuesta a la Reforma a la LOES es indispensable que los estudiantes puedan formar parte del cogobierno en las instituciones de educación superior (IES). Además enfatizó que se debe promover la paridad de género e igualdad de oportunidades, para ello se propone que las elecciones para las autoridades de las IES y de los representantes de los distintos estamentos ante los órganos de cogobierno, deberán ser integradas respetando la alternancia, la paridad de género e igualdad de oportunidades.
Reformas propuestas
En las comparecencias se plantearon varias problemáticas, así como sus propuestas de soluciones, entre ellas: autonomía, formación técnica y tecnológica, admisión, compras públicas y régimen de control, aseguramiento de la calidad, exámenes y competencias, cogobierno, bienestar estudiantil e intervenciones.
– Respecto a la superposición de competencias de los organismos del sistema de educación superior (CES, Ceaaces y Senescyt), se propone aclarar las funciones y competencias de los tres órganos rectores y mantener la conformación vigente. Así como, la necesidad de coordinación y articulación entre los actores del sistema.
– En lo relacionado a la necesidad de fortalecer el sistema de admisión, la propuesta es trabajar en condiciones de igualdad para mejorar el acceso con criterios de equidad, basados en la libertad de elección, por méritos académicos del estudiante, disponibilidad de cupos y la corresponsabilidad de las instituciones de educación superior.
– Sobre la autonomía responsable se propone que a mayor calidad, mayor autonomía. Es decir, mantenerla como principio del sistema de educación superior, al tiempo de incorporar la calidad e inclusión como criterios determinantes para fortalecerlo.
– En lo relativo al debilitamiento de la formación técnica y tecnológica, la propuesta es establecer un subsistema de educación superior técnica y tecnológica. Además, reconocer la posibilidad de que estos puedan adquirir la condición de institutos superiores tecnológicos universitarios.
– Sobre el mismo tema, se propone reconocer el acceso a programas académicos de posgrado a los ciudadanos con títulos de formación técnica y tecnológica, tras reconocer los títulos de tecnólogo superior universitario dentro del tercer nivel de formación.
– Respecto a la ausencia de posibilidades de formación en posgrados tecnológicos, la propuesta es incluir dentro del cuatro nivel de formación el título profesional de especialista tecnológico y el grado académico de maestría tecnológica, que podrán ser otorgados tanto por los institutos superiores universitarios como por universidades y escuelas politécnicas.
– En lo relacionado a la legislación laboral vigente que subvalora profesiones técnicas y tecnológicas y su remuneración, se propone que una vez que la LOES acoja las reformas señaladas, se realicen reformas de leyes y reglamentos laborales, para el sector público y privado, de manera que el tercer y cuarto nivel técnico y tecnológico sea considerado y remunerado en forma equivalente al grado universitario profesional. Además, en articulación con las entidades competentes, se buscará generar las políticas públicas adecuadas para la incorporación de titulados técnicos y tecnológicos en el mercado laboral.
– Sobre el régimen de compras públicas no adecuado a las funciones de las instituciones de educación superior, se propone la creación de un régimen pertinente a las funciones de estas.
– En lo relativo al régimen de control actual de las instituciones de educación superior, se plantea la creación de un régimen especial de control. Para el efecto, la Contraloría en coordinación con Senescyt generará un régimen especial reglamentario para las acciones de control sobre las instituciones de educación superior.
– En relación a la designación de Autoridades Académicas y denominación de sus cargos, las reformas de los tres organismos plantean que estas sean designadas por las instancias establecidas en el estatuto de cada universidad o escuela politécnica, las cuales podrán ser elegidas consecutivamente o no, por una sola vez.
– Sobre la participación de las autoridades académicas en cogobierno, se propone que participen en el cogobierno, con voz y voto, en un porcentaje inferior al de los representantes de docentes. Los estatutos de cada universidad o escuela politécnica definirán el proceso de designación y el porcentaje de participación. Las autoridades académicas que no conformen los órganos del cogobierno, podrán participar con voz y sin voto, de las sesiones en las que se traten temas académicos y administrativos de su respectiva unidad.
– Para promover la paridad de género e igualdad de oportunidades se plantea que la elección de rector o rectora, vicerrectores o vicerrectoras, y de los representantes de los distintos estamentos ante los órganos de cogobierno, se realizará a través de listas que deberán ser integradas respetando la alternancia, la paridad de género, igualdad de oportunidades y equidad conforme a la Constitución.
– Se propone reformar el artículo 86, para mantener la Unidad de Bienestar Universitario, encargada de promover un ambiente de respeto a los derechos y a la integridad física, psicológica y sexual de la comunidad universitaria, y brindar asistencia obligatoria a quienes demanden por violaciones de estos derechos. También, formulará e implementará políticas, programas y proyectos para la prevención y atención emergente a las víctimas de delitos sexuales, además de presentar, por intermedio de los representantes legales, la denuncia de dichos hechos a las instancias administrativas y judiciales según la Ley.
– Respecto a las sanciones a las autoridades académicas, se plantea la amonestación, sanción económica o suspensión de hasta 180 días sin remuneración, a las autoridades de las instituciones que violen o atenten contra los derechos y disposiciones establecidos en la Ley, su reglamento y más normativa que rige al sistema de educación superior.
– En lo que respecta al Examen nacional de evaluación de carreras y programas académicos aplicados por el Ceaaces, con la finalidad de erradicar la copia y el fraude en los exámenes, se propone establecer sanciones que se determinarán en la LOES y en el organismo rector del sistema de educación superior.
– Se propone también reestructurar y reformar el artículo 175, en donde uno de los puntos hace referencia a la elección del Presidente, determinando que este podrá ser electo de entre cualquiera de sus seis miembros y no únicamente de los delegados del Ejecutivo.